El Decreto 11/2024, de 20 de junio, por el que se establecen los précios públicos por las enseñanzas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León, establece, en su artículo 7.4, que: "La anulación y la renuncia de matrícula no supondrá la devolución del pago efectuado ni, en su caso, la exoneración de las cuantías aún no ingresadas"
Además, el artículo 8, del citado decreto, establece que:"La falta de pago total del importe de la matrícula supondrá la anulación de ésta. El impago parcial de la matrícula supondrá la anulación total de ésta y la pérdida de la cantidad abonada en el plazo o plazos anteriores. En ambos casos el alumnado no podrá ser matriculado en el centro hasta que no abone la cantidad adeudada y supere de nuevo el proceso de admisión."
De lo anterior se deduce que, una vez que el alumno formaliza su matrícula en el Conservatorio Profesional de Música de Palencia, tiene la obligación de abonar las tasas en su totalidad y que no está contemplada la devolución de las mismas.
Sin embargo, el alumnado que abone erróneamente tasas que no debía pagar, según la normativa vigente, puede solicitar la devolución de la cantidad correspondiente.
Algunas de las posibles situaciones en las que se puede solicitar la devolución de las cantidadas abonadas erróneamente son:
Las personas que se encuentren en alguno de los casos descritos, o similares, y puedan solicitar la devolución deben presentar, en la secretaría del conservatorio profesional de música de Palencia:
Una vez presentada la solicitud, el secretario del conservatorio realizará una certificación donde se detallará la situación ocurrida, se remitirá a la Dirección Provincial de Educación de Palencia.
Una vez revisada por la Dirección Provincial de Educación de Palencia toda la documentación y emitidos los certificados o informes correspondientes, el expediente pasará a la Consejería de Hacienda de Castilla y León para que, si todo es correcto y procede, se realice la devolución de las cantidades solicitadas.