Según se recoge en la Programación General Anual del Centro:
"La asistencia a clase y resto de actividades lectivas es obligatoria y fundamental para el
correcto desarrollo del proceso enseñanza – aprendizaje. Las faltas de asistencia a clase, cuando
sobrepasen el 15% del total de las clases anuales, llevarán a la pérdida de la evaluación continua.
Las pruebas para la superación del curso en la asignatura correspondiente en estos casos se realizarán en las fechas inmediatamente anteriores a la evaluación final y para acogerse a ellas el alumno deberá solicitarlo por escrito.
El número de faltas fijado según el caso es:
- Clases de la especialidad instrumental (individual y colectiva) en las Enseñanzas
Elementales: diez faltas, entre ambas no pudiendo superar las 5 faltas en la clase individual.
- Clases individuales en las Enseñanzas Profesionales que se imparten una vez a la semana:
cinco faltas.
- Clases de grupo que se imparten una vez a la semana: cinco faltas.
- Clases de grupo que se imparten dos veces por semana: diez faltas.
- La asignatura de Música de Cámara tendrá una consideración especial en este sentido. El
alumnado que falte a tres clases de esta asignatura en un mismo trimestre o a cinco faltas
en todo el curso, perderán el derecho a la evaluación continua y también el derecho a formar
parte del grupo que tienen adjudicado, ya que éste se reestructurará de forma que garantice
el derecho del resto de los componentes del grupo a recibir sus clases en las condiciones
debidas."
Más información sobre Faltas de Asistencia: AQUÍ
Consulta la convocatoria de exámenes de evaluación sustitutoria por pérdida de evaluación contínua para todos los cursos en ESTE ENLACE.
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